lunes, 20 de abril de 2009

APUNTES LEGISLACION LABORAL

Concepto de contrato de trabajo:
Habra contrato de trabajo cualquiera sea su forma o denominacion, siempre que una persona fisica se obligue a realizar actos, ejecutar obras, prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de esta, durante un periodo determinado o indeterminado de tiempo mediante el pago de una remuneracion. Sus clausulas en cuanto a las formas y condiciones de la prestacion, quedan sometidas a las disposiciones de orden publica, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres
CONTRATO
COMODORO RIVADAVIA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2009. ENTRE LAS PARTES ................. EN ADELANTE, "EL EMPLEADOR" Y .............. DNI..... EN DOMICILIO REAL.......... EN ADELANTE "EL EMPLEADOR" CONVIENE QUE "EL EMPLEADO" REALIZARA TAREAS DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE LAS OFICINAS DE ........... DURANTE TRES MESES. "EL EMPLEADOR" DEBERA ABONAR EN CONCEPTO DE REMUNERACION LA SUMA DE $1000 (PESOS MIL) POR MES, DE ACUERDO AL ARTICULO 21 DEL C.C.T.

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