lunes, 20 de abril de 2009

APUNTES LEGISLACION LABORAL

REGIMEN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Dispocisiones Generales: Fuentes de regulacion
El contrato de trabajo y la relacion de trabajo se rige por
.Por la ley
.Por los convenios de trabajo o Leudos con fuerza de tales
.Por las leyes y estatutos profesionales
.Por la voluntad de las partes
.Por usos y costumbres
Ambito de aplicacion:
Las disposiciones de esta ley no seran aplicables a:
-Los dependientes de la administracion publica, nacional, provincial o municipal, excepto que por acto expreso se los incluya en la misma o en el regimen de las combinaciones colectivas de trabajo
-Los trabajos de servicio domestico
-Los trabajos agrarios y/o rurales
Subsecretaria de trabajo:
Es un organo provincial creado bajo la ley 3270 a los efectos de tomar intervencion ante diversos reclamos que puedan surgir de una relacion laboral
Sus facultades son: Controlar. Regular.
Este organo de control tambien posee facultades para sancionar mediante la aplicacion de multas, realizan inspecciones en los lugares de trabajo, controlan aportes previsionales y principalmente conciliar entre las partes el conflicto y, resultando este positivo la S.C.T homologa dicho acuerdo dandole fuerza de ley. De resultar el incumplimiento de una de las partes este procedimiento habilita a los contratantes a reclamar por la via judicial.

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